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Fuente: BOE Fecha: 10-06-2020
El texto establece las medidas urgentes de prevención, contención y coordinación necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como prevenir posibles rebrotes, con vistas a la superación de la fase III del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad por parte de algunas provincias, islas y unidades territoriales y, eventualmente, la expiración de la vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y sus prórrogas. Entre otras, se recogen las siguientes medidas:
- OBLIGATORIEDAD DE MASCARILLAS: Mantiene la obligatoriedad de las mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, así como en los transportes, "en condiciones económicas no abusivas", añade. El incumplimiento del uso obligatorio será sancionado con multas de hasta 100 euros y serán las comunidades autónomas y las entidades locales a las que les corresponderá las funciones de vigilancia, inspección y control.
- COMUNIDADES AUTÓNOMAS COMO AUTORIDAD COMPETENTE: La autoridad competente delegada para la adopción, supresión, modulación y ejecución de medidas correspondientes a la fase III del plan de desescalada serán las Comunidades Autónomas, salvo para las medidas vinculadas a la libertad de circulación que excedan el ámbito de la unidad territorial determinada para cada comunidad. Serán también las comunidades las que puedan decidir, con arreglo a criterios sanitarios y epidemiológicos, la superación de la fase 3 en las diferentes provincias, islas o unidades territoriales de su comunidad.
Fuente: Junta de Extremadura Fecha: 09/06/2020
La consejera de Educación y Empleo, Esther Gutiérrez, ha anunciado que debido a la incertidumbre por la evolución de la pandemia, “es tiempo de planificar con calendario y poner en marcha un foro de trabajo participativo y de consulta, con implicación de la comunidad educativa y de todos los sectores implicados en la educación”, con una serie de “grupos motores” por cada nivel educativo, de forma que las orientaciones estén definidas antes de finales de junio.
Fuente: Ministerio de agricultura, pesca y alimentación Fecha: 09/06/2020
Con el objetivo de adaptar la normativa nacional a las excepcionales circunstancias derivadas de la pandemia producida por el Covid-19, se introducen modificaciones en materia de reconocimiento y funcionamiento de organizaciones de productores de frutas y hortalizas, así como de sus ayudas a través de fondos y programas operativos. En concreto, en el régimen de ayudas al sector de frutas y hortalizas a través de organizaciones de productores que llevan a cabo programas operativos, las modificaciones más destacables son:
- La flexibilización durante 2020 de los controles de reconocimiento de las organizaciones de productores hortofrutícolas y la introducción de la posibilidad de diferir determinadas comunicaciones de información.
- La posibilidad de delegar en órganos más dinámicos de cada organización de productores, la toma de decisiones sobre los programas operativos permitiendo modificaciones más ágiles de estos y mayor flexibilidad a la hora de ejecutar los programas operativos.
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